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Blockchain, criptomonedas, smart contracts y el rol del abogado

Los términos “blockchain”, “criptomoneda” o “token” y “smart contract” se han popularizado cada vez más en los últimos dos años, en gran medida por la publicidad que se le ha dado en los medios de comunicación y porque a lo largo del mundo comenzaron a surgir avances tecnológicos que han hecho que cada vez más gente y empresas tengan acceso a este tipo de tecnologías de forma más fácil y directa.

El surgimiento de la pandemia, sin duda, es otro factor que ha potenciado el uso de tecnologías para facilitar el manejo de información, la venta de productos, la protección de la información y,en cierta medida, como generadoras de valor. La gente, obligada o por voluntad propia, se ha familiarizado más con el uso de tecnologías y herramientas digitales para facilitar su día a día, sin que ello deje de lado aspectos como la cultura, las relaciones interpersonales, los hábitos de consumo y la forma de hacer negocios.

Cada vez es más común que en una charla, informal o de negocios, se aborde algún tema relacionado con el uso de “blockchains”, “tokens” o “smart contracts” y el ámbito legal no se queda fuera. Los clientes que buscan servicios jurídicos exigen que sus abogados también estén familiarizados con el uso de estos términos y, sobre todo, que conozcan, aunque sea de forma general, el impacto que pudieran tener dichas tecnologías en la forma en la que se llevan a cabo actos jurídicos y negocios, ya que las restricciones impuestas por materia de salud en época de pandemia han obligado a las personas a buscar alternativas para darle certeza jurídica a sus actos y buscar alternativas de negocio que involucren el uso de este tipo de tecnologías.

El rol del abogado, como asesor de confianza, también ha de modificarse y adaptarse a la actualidad y en CRC Abogados somos conscientes de ello, por eso es que los miembros de la firma mantienen un proceso continuo de investigación y preparación relacionada con el uso de tecnologías y herramientas de vanguardia que puedan llegar a formar parte del día a día de nuestros clientes, para brindar una asesoría más especializada y poderles indicar los pros y contras que pudieran generar en sus actividades.

El uso de tecnologías no es necesariamente bueno o malo, pero sin la asesoría adecuada los resultados y las consecuencias pueden no ser agradables y repercutir en el patrimonio de las personas físicas o las empresas. De ahí que el abogado también sea un factor clave en el proceso de aplicación de nuevas tecnologías en la operación de cualquier negocio o en la ejecución de cualquier acto jurídico, ya que el uso incorrecto de las herramientas tecnológicas (como “blockchains”, “tokens” o “smart contracts”) inevitablemente tendrán una repercusión jurídica (no necesariamente mala), a pesar de la poca o nula regulación que pudiera existir al respecto.

¿QUÉ ES LA TECNOLOGÍA BLOCKCHAIN?

La blockchain o cadena de bloques, es una gran base de datos que se encuentra resguardada y administrada por un grupo de computadoras (nodos) conectados entre sí a una misma red (red de pares o peer to peer, P2P), que utilizan un mismo software informático para comunicarse entre sí (mismo protocolo estandarizado-mismo lenguaje informático) y entre los cuales generalmente no hay una jerarquía específica, es decir, operan a través de un sistema descentralizado, al menos en las blockchain públicas, que ofrece ciertas ventajas en cuanto al manejo, veracidad y seguridad de la información.

Existen varios tipos, las hay públicas (sistema descentralizado y sin jerarquía), privadas (se establece una jerarquización entre los nodos participantes) e híbridas (mezcla de ambas). Depende del uso y fines que se le darán a una blockchain para determinar el tipo que mejor convenga utilizar.

Dentro de una blockchain, los nodos (computadoras) participantes controlan y administran la información resguardada en la base de datos, garantizando así que las transacciones que se hagan dentro del sistema dejen siempre un rastro que pueda ser visible para los usuarios y que permita verificar la autenticidad de cada transacción, al mismo tiempo que se impide la manipulación de las transacciones guardadas en la red, pues para poder hacer modificaciones se requiere de una “prueba de trabajo” (proof of work) en donde los nodos de la red validan los movimientos y no quedan al arbitrio de uno solo de ellos.

Las blockchain permiten gestionar inmensas cantidades de información dentro de una red segura y con candados que impiden su alteración o manipulación por parte de terceros. La gestión de la base de datos es mucho más veloz que cualquier otro sistema y ello permite que se realicen y validen transacciones prácticamente en tiempo real. Evidentemente no están exentas a hackeos o intentos de vulneración, pero la seguridad que tienen es mucho mayor que la de un sistema normal que no opere con esta tecnología.

Actualmente las blockchain están siendo utilizadas, principalmente, para crear criptomonedas y utilizarlas para el intercambio de bienes y servicios en internet; y para desarrollar plataformas de resguardo de información y manejo de procesos masivos para manipular datos (Big Data).

 

El éxito en el resguardo de la información dentro de una blockchain se debe a que las transacciones se encuentran encriptadas en diversos niveles, es decir, que dentro del protocolo de cada red (software de comunicación) existen procesos de encriptado que impiden que terceros puedan descifrar el contenido de las transacciones y manipularlo.

¿QUÉ ES UNA CRIPTOMONEDA?

Es una moneda digital que puede ser generada dentro de un sistema blockchain para poder llevar a cabo transacciones de bienes y servicios dentro de la red. Algunos ejemplos de blockchains que utilizan criptomonedas son: Bitcoin, Ethereum, Ripple, Dogecoin y Litecoin.

 

Conforme a la legislación mexicana no se le puede catalogar como moneda de cambio, pues no se le reconoce poder liberatorio ni forma parte del sistema monetarios del país, además de que no es emitida ni controlada por el Banco de México, quien ostenta el derecho constitucional de emitir moneda en nuestro país.

 

El término “criptomoneda” no es, necesariamente, el más adecuado porque, como se menciona anteriormente, no constituye una moneda de pago que controle y regule el Estado; sin embargo, se ha extendido también el uso del término “token” para hacer referencia a ellas.

 

Si bien los “tokens” o “criptomonedas” no tienen reconocimiento oficial en la gran mayoría de los países, su uso se ha extendido a gran escala y en la actualidad ya existen casas de cambio para compra y venta, cajeros automáticos y plataformas de comercio electrónico (productos y/o servicios) que las aceptan como medio de pago, inclusive hay ciertas jurisdicciones que han comenzado a aceptar pago de impuestos en “criptomoneda”.

 

El futuro de las “criptomonedas” es incierto en cuanto a su oficialización por parte de los gobiernos; sin embargo, ya hay varios bancos centrales que están experimentando con ellas y emitiendo sus propias “criptomonedas” como alternativa para la creación de valor y el manejo de las finanzas públicas.

¿QUÉ SON LOS CONTRATOS INTELIGENTES?

Son contratos como cualquier otro (un acuerdo de voluntades que vincula a las partes involucradas y crea entre ellas derechos y obligaciones); sin embargo, su peculiaridad es que el contrato en sí se encuentra plasmado y es generado dentro de una plataforma informática (puede ser una “blockchain”) y su cumplimiento y ejecución no dependen de la voluntad de los participantes, sino de que se cumplan las condiciones que para tal efecto se hayan establecido en cada caso.

 

Un “smart contract” se encuentra redactado en código informático o de programación y no en lenguaje ordinario, ya que el contrato se crea dentro de un software o programa determinado que, a su vez, es respaldado por la base de datos que lo contiene, la cual permite que el cumplimiento o ejecución de dicho contrato sea directamente gestionado por la información que se ingrese en la red y las condiciones que las partes hayan establecido desde su firma.

 

Por ejemplo, en una compraventa de productos a través de un portal web, la parte A quiere comprar un producto a B, pero establece como condición que el pago se realice en dos momentos, una parte al solicitar el producto y el resto al recibirlo en su domicilio, A paga la parte inicial y el resto del monto de la transacción queda condicionado al envío y la entrega del producto por parte de B; así, cuando la red detecte que ha sido entregado el producto en el domicilio de A (a través de códigos de rastreo de paquetería), automáticamente el contrato inteligente se ejecuta y transfiere los fondos restantes a B, sin que ninguna de las partes pueda desconocer o manipular la transacción.

 

Los contratos inteligentes pueden tener las características y complejidad que las partes decidan; sin embargo, lo más común es que las condiciones de ejecución del contrato sean claras y precisas para que la red pueda validar la información y ejecutarlo, evitando que existan criterios de interpretación de cumplimiento y que alguna de las partes no cumpla la obligación asumida.

 

Los contratos inteligentes también deben cumplir con la regulación que les resulte aplicable, ya sea mercantil o civil, dependiendo de cada operación. Los programadores informáticos deben trabajar de la mano de un abogado (y el abogado deberá entender nociones básicas de programación) para poder generar contratos inteligentes que no sean contrarios a la norma, que cuenten con los elementos esenciales de validez y, sobre todo, que no se genere alguna ilegalidad que impida o limite su exigibilidad.

Dicho lo anterior, gran parte del valor agregado que ofrece un abogado es brindar certeza jurídica a sus clientes, mediante una asesoría adecuada que le permita al cliente advertir los alcances y consecuencias que tendrá determinado acto en su ámbito personal y patrimonial. Si el cliente ahora se ve “obligado” o tentado a implementar el uso de tecnologías en sus operaciones, debe conocer la regulación legal que le pudiera resultar aplicable, las restricciones y, sobre todo, las posibles consecuencias que habría en caso de un mal uso de dichas tecnologías, como puede ser: la pérdida de información, vulneración de datos personales, violaciones de confidencialidad, infracciones en materia de propiedad intelectual, implicaciones fiscales no esperadas, pérdida de valor probatorio, entre otras.

El uso de las tecnologías referidas en este artículo es muy recomendable, siempre y cuando su implementación se lleve a cabo de la mano de un asesor legal.

 

Muchas empresas ya se encuentran adquiriendo criptomonedas para fines de inversión, como resguardo de valor, para el pago de rescates en caso de robo o congelamiento de información por parte de hackers, o bien como activos para intercambio de bienes y servicios a través de plataformas que las acepten; sin embargo, su implementación como parte de los activos de cualquier negocio debe hacerse de la mano de asesores calificados: abogados, fiscalistas e informáticos, que trabajen en conjunto para el correcto uso y explotación de este tipo de activos digitales.

 

Si tienes la inquietud de incursionar en el mundo de las tecnologías (“blockchain”, “tokens” o “smart contracts”) para facilitar tus operaciones diarias o para potenciar tu negocio y quieres conocer las implicaciones legales de ellos, en CRC Abogados te podemos asesorar para que el proceso de implementación sea el adecuado en términos jurídicos.